martes, 30 de septiembre de 2014

Principios UNIDROIT: Confirmación por escrito


ARTÍCULO 2.1.12 

Confirmación por escrito
"Si dentro de un plazo razonable con posterioridad al perfeccionamiento del contrato fuese enviado un escrito que pretenda constituirse en confirmación de aquél y contuviere términos adicionales o diferentes, éstos pasarán a integrar el contrato a menos que lo alteren sustancialmente o que el destinatario, sin demora injustificada, objete la discrepancia".

Aceptación

Refiere a la aceptación que es la declaración de que es aceptada la oferta, una forma seria por escrito, sin embargo este ademas de aceptar engloba un aspecto mas:

▬ Términos adicionales al contrato

Estos serán aceptados y se integraran al contrato, a excepción de 2 aspectos:

▬ Alteren el contrato, es decir que los términos agregados cambien por mucho el contrato.
▬ El destinatario rechace tales cambios.


[Fuente: http://www.unidroit.org/spanish/principles/contracts/principles2010/blackletter2010-spanish.pdf]

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